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No hay prorroga para Recepción de Pagos
16 Agosto 2018

No hay prorroga para Recepción de Pagos

Comunicado de prensa 045/2018

Ciudad de México, 15 de agosto del 2018

Se mantiene el plazo para emitir facturas con el complemento de recepción de pagos

A partir del 1 de septiembre se debe de emitir el recibo electrónico de pagos al momento de recibir un pago en parcialidades o diferido.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, informa que el plazo para que se incorpore el complemento de recepción de pagos en las facturas se mantiene al 1 de septiembre.

La autoridad fiscal reconoce el esfuerzo de los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales adaptándose a los nuevos servicios digitales que se han puesto su disposición, lo que ha llevado a brindarles beneficios como las declaraciones prellenadas.

Para continuar brindando estos beneficios es necesario que la información que se recibe de los contribuyentes cada vez sean más precisa, para evitar con esto sanciones en los comprobantes que emiten.

Esta nueva factura entró en vigor en julio de 2017 y a partir del 1 de septiembre del 2018 los contribuyentes estarán obligados a generar el recibo de pago, cuando las operaciones sean pactadas en parcialidades o pagos diferidos, los principales desarrolladores de sistemas han confirmado que las actuales son necesarias del recibo electrónico de pago se encuentra listas.

El SAT agradece el esfuerzo de los contribuyentes durante el proceso de actualización de la factura, que ha logrado impulsar la modernización tributaria en México.

Fuente: sat.gob.mx

 

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